Corte de Apelaciones falla a favor de la Municipalidad de Temuco al no otorgar de patentes comerciales a locales de juegos de azar.

Publicado por: Redacción Ufromedios
Judicial
julio 14, 2022

Ante los reclamos de ilegalidad interpuestos por 24 empresarios que operan en la comuna que buscaban obtener patente comercial, el tribunal de alzada acogió los argumentos del municipio respecto a la no existencia del elemento “habilidad y destreza” en este tipo de negocios.

Malas noticias para los 24 locatarios del rubro de juegos de azar o autodenominados “habilidad y destreza” que operan en la comuna, luego que se resolvieran las acciones legales interpuestas ante la Corte de Apelaciones en contra de la Municipalidad de Temuco, y tras la negativa de la administración a la solicitud de patente comercial de los reclamantes.

La disputa comenzó cuando los locatarios recurrieron en contra del municipio señalando que el decreto que prohíbe su funcionamiento era ilegal, sin embargo, la Corte de Apelaciones desechó tal argumento y acogió la tesis municipal en orden a señalar que no podían funcionar ya que no accedieron a someter sus máquinas a la certificación que determina si son de azar o de “habilidad y destreza” como ellos señalan.

En ese sentido, el alcalde Roberto Neira comentó: “como no se sometieron a la prueba de certificación de sus máquinas, nosotros no vamos a conceder patentes comerciales a este tipo de comercios, ya que no representa lo que queremos como ciudad, ya que significan una serie de consecuencias negativas para las y los ciudadanos”.

Por su parte, la directora jurídica del municipio, Muriel Maturana Arriagada, explicó que estos locatarios ejercieron la actividad de forma ilícita “sin patente”, asegurando que además hay un trasfondo que se asocia a un riesgo para la salud mental de las personas con el aumento de casos de ludopatía.

“Los locatarios acusaron ilegalidad con reclamos presentados ante la Corte de Apelaciones por nuestra negativa al otorgamiento de patentes, los que en vista conjunta fueron rechazados, acogiendo el tribunal nuestro argumento de que el municipio actuó apegado a la normativa y ante la negativa de los 24 contribuyentes de someter sus máquinas a certificación para determinar si son de habilidad y destreza o de azar. Por tanto, cuando el municipio ve que intereses comunes se ven amenazados por particulares, tiene la facultad de actuar judicialmente, sobre todo si está en juego la salud de la población y la legalidad con que debe ejercerse una actividad comercial”, sentenció Maturana.